Viajes a Italia desde Chile!
A partir de hoy, 26 de octubre 2021, los ciudadanos de Chile y Uruguay podrán volver a viajar por Italia!
Las normas generales italianas para viajar desde o hacia el extranjero están contenidas en el Decreto del Primer Ministro del 2 de marzo de 2021. El decreto sigue basándose en cinco listas de países para los que se prevén distintas medidas.
Por efecto de la Ordenanza del 22 de octubre de 2021 del Ministerio de Salud Italiano, Chile y Uruguay ingresan en la “Lista D”, así que siempre que en los 14 días anteriores a la entrada en Italia no hayan estado en un país de la “Lista E” o en Brasil, India, Bangladesh y Sri Lanka, los viajeros procedentes de países de la “Lista D” no tienen que someterse al aislamiento de 5 días, presentando los documentos siguientes:
- Certificado de vacunación
- Test molecular o antigénico con éxito negativo hecho en las 72 horas anteriores a la entrada en Italia;
- Formulario de ubicación online (también llamado Formulario de localización de pasajeros digital – dPLF), que puede visualizarse en dispositivo móvil o imprimirse, en versión papel.
En cuanto al reconocimiento por parte de Europa e Italia de las vacunas Sputnik y Sinovac, todavía no hay resultados oficiales del proceso de reconocimiento por parte de Ema, que comenzó el pasado mes de marzo pero dan confianza a las intenciones recientes del gobierno Italiano que es disponible a reconocer estas vacunas para los trabajadores y las palabras de los dirigentes rusos y chinos con motivo del reciente G-20 en Roma en el que se pidió el reconocimiento de sus vacunas para promover la movilidad internacional.
La situación actual en Italia
Desde hace meses, el gobierno italiano está siguiendo una clasificación de regiones basada en los colores que corresponde a medidas de precaución específicas.
Los colores:
blanco (riesgo mínimo) - amarillo (bajo riesgo) - naranja (riesgo medio) - rojo (riesgo máximo).
Regiones "blancas" - Riesgo mínimo
Todas las regiones italianas clasificadas como "blancas" con un riesgo mínimo.
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En estos territorios es obligatorio mantener la distancia de seguridad de al menos un metro de las personas que no conviven y usar una máscara en lugares públicos en interiores y exteriores (excepto cuando esté aislado de otras personas).
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La máscara no es obligatoria durante la realización de actividades deportivas, para niños menores de 6 años y para personas con condiciones incompatibles con el uso de máscara o con discapacidad.
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No hay toque de queda
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No hay limitaciones de movimientos y horarios de lugares públicos
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En los restaurantes y bares al aire libre no hay restricciones, salvo el espacio de un metro entre las mesas, mientras que en los bares y restaurantes interiores un máximo de seis personas pueden sentarse en la misma mesa. La única excepción prevista es la posibilidad de que dos familias se sienten juntas.
Apertura de la totalidad de las actividades como piscinas cubiertas, centros de bienestar, salas de juegos, parques temáticos, centros sociales y culturales.